Esta audacia, que se establece en la reemisiΓ³n de la carta de no movimiento 25-40, permite que dichas instituciones financieras emitan sus propias stablecoins y que estas sean aceptadas como fianza de beneficio en operaciones de mercados de futuros.
El presidente de la CFTC, Michael Selig, destacΓ³ que esta aggiornamento norma rebusca integrar a los bancos nacionales en el ecosistema de los activos digitales.
Β«Durante el mandato autΓ©ntico del presidente Trump, la Oficina del Contralor de la Moneda (OCC) hizo historia al constituir los primeros bancos nacionales fiduciarios con autoridad para custodiar y emitir stablecoins de plazoΒ», seΓ±alΓ³ Selig.
Esta medida se fundamenta en la flamante promulgaciΓ³n de la Ley GENIUS, la cual establece un entorno de garantΓas elegibles que, segΓΊn el funcionario, coloca a Estados Unidos como Β«lΓder mundial en innovaciΓ³n en stablecoins de plazoΒ».
La revisiΓ³n tΓ©cnica corrige una omisiΓ³n previa que no contemplaba explΓcitamente a los bancos fiduciarios, permitiendo ahora que sus activos funcionen como colateral en cuentas segregadas de clientes.
Una stablecoin de plazo es un tipo de stablecoin diseΓ±ada especΓficamente para funcionar como medio de plazo o baratura en transacciones cotidianas, transferencias o comercio, manteniendo un valΓa estable.
A diferencia de las stablecoins usadas principalmente como reserva de valΓa o puente para trading de criptomonedas, las de plazo priorizan caracterΓsticas como velocidad de baratura, bajos costos, disponibilidad 24/7, transferencias transfronterizas sin intermediarios y redenciΓ³n garantizada por el emisor (por ejemplo, USDC de Circle, USDT de Tether o EURC en su uso principal para pagos).
El conflicto de los intereses de las stablecoins y la banca tradicional
Este avance regulatorio ocurre en un contexto de incorporaciΓ³n tensiΓ³n en Washington. Representantes del sector de las criptomonedas y la banca tradicional han mantenido recientemente reuniones en la Casa Blanca para discutir el esquema de ley CLARITY. Esto, en un intento por destrabar el avance constitucional de esa propuesta regulatoria. El principal obstΓ‘culo para esta carta es el rendimiento financiero de las stablecoins.
La establecimiento de Donald Trump habrΓa emitido un ultimΓ‘tum para alcanzar un acuerdo sobre el plazo de intereses antaΓ±o de que finalice febrero.
Actualmente, los bancos estadounidenses custodian cerca de 18,61 billones de dΓ³lares en depΓ³sitos (segΓΊn datos de la Reserva Federal de enero de 2026). El maniquΓ bancario tradicional depende de entender fondos con rendimientos nulos o bajos (cercanos al 0,5%) para reinvertirlos en bonos del Caudal.
Por ello, las stablecoins que ofrecen rendimientos directos al favorecido representan, segΓΊn los bancos, una amenaza para esta estructura. Frente a el temor de una fuga masiva de hasta 6 billones de dΓ³lares en depΓ³sitos, el vestΓbulo bancario presiona por restricciones. Ello, mientras que la industria de los activos digitales propone diversificar la custodia de las reservas en bancos regionales y comunitarios para mitigar el impacto sistΓ©mico.
La resoluciΓ³n del conflicto sobre los intereses de las stablecoins serΓ‘ determinante para la asimilaciΓ³n masiva de dΓ³lares tokenizados y para la estabilidad de la solvencia que fluye cerca de el mercado de bitcoin. Todo esto, en un aΓ±o donde la claridad regulatoria parece ser la prioridad de la dietario econΓ³mica estadounidense.


