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Wednesday, October 8, 2025

¿Milei cometió o no un delito al publicar sobre LIBRA? Hay opiniones encontradas

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El viernes 14 de febrero, el presidente de Argentina, Javier Milei, publicó en su cuenta de X información sobre un token de la red Solana llamado «LIBRA».

Esta moneda digital pertenece a un esquema denominado «Viva la Autogobierno Project». Se lee en el sitio web vivalalibertadproject.com que el objetivo es «impulsar la crematística financiando pequeños proyectos y negocios locales, apoyando a aquellos que buscan hacer crecer sus emprendimientos y contribuir al mejora del país».

En esa misma página se añade al respecto de la moneda digital: «como símbolo de este movimiento y en honor a las ideas libertarias de Javier Milei, estamos lanzando el token $LIBRA, diseñado para reforzar la crematística argentina desde sus bases apoyando el plan y la innovación. Con este token, nuestro objetivo es canalizar la financiación de modo eficaz y descentralizada, permitiendo que inversionistas y ciudadanos participen en el crecimiento de Argentina».

El tiro del token se hizo unos minutos antiguamente de la publicación en X del presidente Milei. Tras el texto del mandatario, el precio de LIBRA se disparó inmediatamente más de 500% hasta alcanzar los 4,53 dólares.

Pero luego, el precio se desplomó. Tal como reportó CriptoNoticias, analistas on-chain detectan que desde direcciones presuntamente asociadas al mejora de LIBRA se estuvieron haciendo ventas masivas que tumbaron el precio. Adicionalmente, los creadores de pools de solvencia, drenaron parcialmente el metálico en exchanges descentralizados para beneficio propio y perjuicio de inversionistas que no lograron salir a tiempo. Esto postrero es un avivar que muchos catalogan como fraudulento y se denomina ‘estera.

Aproximadamente 5 horas luego de la publicación auténtico, Milei eliminó el tuit y aseguró que lo había publicado sin estar perfectamente informado sobre todos los detalles de esa criptomoneda.

Hasta aquí, un esquema de lo ocurrido. Dicho todo esto, la pregunta que queda sin objetar es si el avivar del presidente de Argentina puede ser catalogado o no como un delito.

Vale aclarar, desde ya, que la audacia final sobre el tema la tomará la Ecuanimidad. De todos modos, hay algunos especialistas en derecho que están opinando al respecto.

Grispo: «Bajo ninguna circunstancia los hechos constituyen delito alguno»

Jorge Grispo, abogado especializado en derecho corporativo, explica en un artículo que fue publicado en el portal informativo Infobae, que «desde una perspectiva estrictamente jurídica, este episodio debe analizarse a la luz del Código Penal Argentino». Detalla que es necesario considerar «figuras como negociaciones incompatibles con la función pública (art. 265), fraude informático (art. 173, inc. 11) y despotismo de autoridad (art. 248)».

A modo introductorio, Grispo señala —antiguamente de tocar la cuestión penal— que «el Presidente de la Nación, más allá de su investidura, no pierde su derecho constitucional a opinar, expresarse y manifestar su pensamiento».

La sinceridad de expresión es un derecho inalienable de todos los ciudadanos y un pilar de la democracia. Pretender criminalizar una opinión, por el solo hecho de que provenga del Dirigente de Estado, es un despropósito procesal que atenta contra los principios más básicos de nuestro orden constitucional.

Jorge Grispo, abogado.

Ahora, sobre la cuestión de si hubo o no hubo delito, Grispo tiene una opinión tajante: «Bajo ninguna circunstancia los hechos descriptos constituyen delito alguno».

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Detalla el doble en ciencias jurídicas, que «la publicación de un tuit en el que Milei menciona una criptomoneda puede ser políticamente cuestionable por la competición, buscando un claro renta político, pero no constituye una infracción penal». Añade que «el derecho a expresarse independientemente es un principio fundamental consagrado en la Constitución Doméstico, y el hecho de vivir la Presidencia no anula esta prerrogativa».

Por otro flanco, Grispo analiza si hubo una incompatibilidad con la función pública y llega la conclusión de que —en su opinión— no se da tal cosa:

«El artículo 265 del Código Penal sanciona a los funcionarios públicos que se interesen, directa o indirectamente, en un resolución u operación en la que intervengan por razón de su cargo. Para que este delito se configure, es imprescindible demostrar que el Presidente tenía un interés personal y patrimonial en la criptomoneda, ya sea como inversor, beneficiario o a través de terceros. No hay evidencia de que Milei haya obtenido un beneficio financiero ni que su publicación tuviera un fin reflexivo».

Jorge Grispo, abogado.

Cierto podría argumentar que la subida en el precio de LIBRA se produjo precisamente gracias a la publicación en X del presidente. Pero Grispo explica que debe existir «dolo directo» para poder ser considerado un delito. «No se ha probado que Milei haya actuado con la intención de manipular el mercado en su propio honra», aclara.

En cuanto a si hubo despotismo de autoridad, Grispo asimismo considera que la respuesta es un convincente «no».

Para el docto, «un tuit publicado en una cuenta personal no es un acto oficinista, ya que no genera bienes jurídicos vinculantes ni implica el adiestramiento de una función pública en sentido ajustado».

Detalla que «para que se configure despotismo de autoridad, Milei debería activo utilizado su investidura presidencial para imponer, ordenar o ejecutar una bono ilegal en el entorno de su función. La publicación en cuestión, aunque pueda ser cuestionada en términos éticos o políticos, no encuadra interiormente de esta figura penal».

Oneto: «Si están preocupados por el delito, sigan buscando en el kirchnerismo»

El abogado penalista Francisco Oneto —quien fuera candidato a vicegobernador de la Provincia de Buenos Aires por el partido de Javier Milei en las más recientes elecciones— asimismo está convencido de que «la conducta de Milei no configura ningún delito por partida de dolo». Aclara Oneto que «el dolo es conocer que con el comportamiento propio se va a cometer un delito y aún así seguir delante».

Oneto insiste sobre la importancia del dolo, al que califica como «un pájaro psicologico» y que, «luego se prueba a partir de hechos indiciarios». Esta prueba, explica el abogado, se compone de dos partes: «el hecho que se percibe y una regla de la experiencia que nos permite interpretarlo». Así se compone el silogismo indiciario».

La naturaleza probatoria del indicio no está in re ipsa (es afirmar, en la cosa misma), sino que surge como fruto razonable de su relación con determinada norma de la experiencia, en virtud de un mecanismo silogístico en el cual el hecho indiciario es tomado como premisa último, y una enunciación basada en la experiencia global como premisa veterano (Cafferata Nores, La Prueba en el Proceso Penal, Ed. De Palma, tercera tirada ampliada y actualizada, p. 193).

Francisco Oneto, abogado.

El argumento de Oneto continúa con referencias a los rivales políticos del mileiísmo. Asegura que, «siguiendo estos lineamientos, es obvio que si un Presidente quisiera delinquir no lo haría dejando todos los dedos pegados. Cristina Fernández de Kirchner ya nos mostró como se hace sutilmente, por lo que corresponde descartar el dolo de Javier y, en consecuencia, cualquier billete suya en un delito».

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A modo de conclusión, dice Oneto que «por lo demás, el dolo podría configurarse por la violación a un deber de cuidado que la ley y solo la ley puede establecer. Siquiera es el caso. Por consiguiente si están preocupados por el delito sigan buscando en el kirchnerismo».

Licht: «Hay que ser muy brutos para considerar que estamos en presencia de una bono ilícita»

Sobre el asunto, asimismo se pronunció Miguel Nathan Licht, quien se desempeña desde 2021 como presidente del Tribunal Fiscal de la Nación, en Argentina.

A través de una publicación en X, este doctor en ciencias jurídicas dijo que no sale de su asombro. En su opinión, «hay que ser muy bruto para considerar que estamos en presencia de una bono ilícita del presidente».

Detalla Licht, como fundamento para su opinión:

«En la Argentina cualquier persona puede iniciar una actividad económica sin venia del Estado. Los límites estarán dados por la código de orden manifiesto y por la código de derecho oficinista. Estamos en presencia de la presencia de un perfectamente que se ofrece y no demanda autorización estatal para ser vendido».

Miguel Nathan Licht, presidente del Tribunal Fiscal de la Nación

En su publicación, Licht sostiene que «ese perfectamente (es afirmar, el token LIBRA), aparentemente ha sido promocionado para ser vendido a un precio exorbitante».

Pero, según este abogado, eso no sería un problema porque «las cosas valen por lo que las personas quieren satisfacer (teoría subjetiva del valía)».

Por lo tanto, el órden procesal interviene —explica Licht—, «cuando lo que vende la persona presenta características que debieron ser explicitados por el comerciante y fueron deliberadamente ocultadas y que conocidas hubieran fracasado la operación (vicios de la voluntad)».

¿Fue eso lo que ocurrió aquí? Según el doctor en ciencias jurídicas, la respuesta es no.

«En el específico caso de estos activos hay que distinguir el ‘Pump and Dump’ y el ‘Rug Pull’. En el primero caso, los promotores de un activo lo inflan artificialmente con publicidad exagerada, rumores o informativo falsas. Es el característico comerciante de ‘llame ya’ (es un chanta pero no es delito). Una vez que el precio ha subido, venden sus posiciones (dump), lo que provoca una caída en el valía del activo. No existe delito si el activo sigue existiendo y puede ejecutar, aunque te hayan vendido un hendidura. En el otro caso que si es una estafa (Rug Pull:), el sistema en si de antemano se sabe que se volverá inoperable. Así, en un rug pull, no solo se vende en masa, sino que por otra parte se hace difícil que los inversores sigan operando con el activo., por cuanto se retira la solvencia del activo, haciendo difícil entregar el token».

Miguel Nathan Licht, presidente del Tribunal Fiscal de la Nación

Vale aclarar que en este caso, tal como se detalló anteriormente, los creadores de pools de solvencia sí retiraron metálico de esos pools. Pero no llegó a vaciarse por completo, motivo por el cual LIBRA sigue siendo ‘comercial‘ en los exchanges descentralizados de Solana.

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Maslatón: «Ponzis y pirámides son ahora 100% legales»

Con una postura diametralmente opuesta se pronunció el asimismo abogado, Carlos Maslatón. Se proxenetismo de una persona reconocida en el ámbito bitcoiner por sus exploración de mercado, su billete como extesorero en la empresa Xapo y por activo sido parte de la campaña que llevó a Milei al Congreso doméstico (aunque luego le dio la espalda y apoyó a su rival kirchnerista, Sergio Massa, en las elecciones presidenciales).

A través de X escribió en respuesta a Licht con poco de ironía: «No hay más ni SEC ni CNV que protejan al inversor y queda derogada, a los bienes de toda circulación financiera, la estafa del 172 del Código Penal. Ponzis y pirámides son ahora 100% legales».

Añade Maslatón: «Está muy perfectamente, yo siempre dije que el derecho no es más que la voluntad política de cada momento y lado. Y asimismo dije, ya en la UBA del Proceso, que las opiniones jurídicas son la mera expresión de los intereses circunstanciales de quienes las emiten. Celebremos, bailemos y cantemos!».

Maslatón, en diálogo tuitero con Licht continúa diciendo:

«Aún cuando quieras aprovechar la transacción de riqueza financieros a una importación cesión de cosas muebles o inmuebles, no está exento el resolución de fraudes, pirámides y ponzis en su estructura, y esto no es ni puede ser atrevido ni resultar impune. Matá a mucha parentela y matás a la crematística».

Carlos Maslatón, abogado.

Por postrero, Maslatón recuerda que «Milei ya se mandó una similar con CoinX en 2022, a título gravoso». Se refiere con esto a la promoción que el ahora presidente había realizado sobre una empresa que presuntamente ejecutaba un esquema Ponzi.

Agrega Maslatón: «Esta que armó ahora (Milei) es una catástrofe y se planeó para estafar y la estafa se consumó. Defiéndanlo si gustan, nosotros los del mercado no podemos dejarla sobrevenir por el daño que causa, ni desde las finanzas ni desde el derecho podemos aceptar fraudes, ni Ponzis ni pirámides».

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