Desde el 1 de enero de 2026, el ecosistema de bitcoin (BTC) y las criptomonedas en la Unión Europea (UE) comienza a padecer una transformación estructural en materia de vigilancia fiscal.
Con la entrada en vigor de la octava Directiva de Cooperación Administrativa (DAC8), la privacidad financiera en las plataformas reguladas de criptoactivos ha quedado formalmente eliminada. Ello, ya que la Agencia Tributaria de España, conexo con otros organismos fiscales europeos, accederán a toda la información sobre los movimientos realizados de 2026 por parte de los usuarios.
Esta norma, cuya premisa es la transparencia, obliga a los proveedores de servicios de criptoactivos a resumir y remitir de forma cibernética información detallada sobre las operaciones de sus clientes al finalizar el año, en 2027. Los reportes incluyen nombres, números de identificación fiscal (NIF), saldos y el valía amoldonado de mercado de cada importación, cesión o intercambio realizado adentro del periodo fiscal.
Un nivel de vigilancia superior al sistema bancario
La profundidad de los datos que ahora recibe el Servicio de Hacienda supera los estándares aplicados a las instituciones financieras tradicionales. Según explicó José Antonio Colérico Mateu, experto en fiscalidad de activos digitales, la DAC8 amplía significativamente el talento de la información acondicionado para el fisco.
«A partir de 2027 tendremos información de todos los movimientos que se han realizado durante el año 2026 (…). Va a ser una información casi completa», manifestó el analista en una fresco entrevista recogida por CriptoNoticias.
Colérico Mateu subrayó que «esta información será mucho longevo que la que se pide de un parcialidad». Argumenta que, mientras en el sistema bancario convencional suelen reportarse saldos superiores a 250.000 euros, en el mercado de los activos digitales la vigilancia es absoluta. «No se va a escapar ni un cambio de dos euros por una criptomoneda», aseveró.
Embargos directos y fin del anonimato
Uno de los puntos más críticos de la nueva norma es la concesión otorgada a las autoridades para intervenir los fondos de los contribuyentes. Así lo alertó Colérico:
Si tienes criptoactivos o euros en un exchange situado en España, podrán embargarlos de forma directa (a partir de 2027), sin escazes de procedimientos complejos previos.
José Antonio Colérico, economista tributario castellano.
A su motivo, bajo este entorno lícito, Hacienda podrá ordenar al proveedor encerrar o destruir los activos necesarios para saldar deudas tributarias. Esta concesión se extiende todavía a exchanges europeos una vez activado el intercambio maquinal de datos, eliminando la posibilidad de ocultar patrimonio en otros estados miembros.
Visiones encontradas: ¿Vigilancia o profesionalización?
Para Kyle Chassé, CEO de Master Ventures, esta medida marca el cerrojo de una etapa de discreción financiera en el continente:
«La indulto de criptomonedas en Europa está oficialmente muerta», expresó en redes sociales. Y enfatizó que desde el 1 de enero de 2026 «la UE activó su aparejo de vigilancia más agresiva hasta el momento».
«En el fondo, no se prostitución solo de transparencia. Es una trampa estructural. Estamos presenciando el fin del activo privado invisible en Europa», dijo el experto. «El flujo de datos ahora es transfronterizo y automatizado», añadió.
Por el contrario, Morteza Yousefi, comediante y entusiasta, considera que este cambio normativo integra definitivamente a los activos digitales en el sistema financiero completo.
«DAC8 no mata a las criptomonedas. Las profesionaliza», opinó. A su motivo, «la transparencia reduce el aventura existencial» y el ecosistema «pasa de ser un ‘sistema periódico’ a ser un carril financiero regulado».
Delante este tablado de transparencia total, Colérico Mateu advierte sobre la importancia de la privacidad y el uso soberano de bitcoin fuera de plataformas centralizadas, insistiendo en que ciertas prácticas anónimas son legales siempre que no constituyan una actividad económica habitual.



