Con el objetivo de modernizar su sistema financiero y establecer un situación judicial para la actividad vinculada a los criptoactivos, Bolivia ha implementado una nueva regulación mediante la Resolución ASFI 540/2025, respaldada por el Decreto Supremo 5384.
Elaborada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), esta legislatura establece por primera vez un planteamiento específico para regular las plataformas tecnológicas del ámbito financiero, y a los proveedores de servicios con activos virtuales —incluyendo las plataformas que operan con criptomonedas—.
El valor de la medida es amplio: más de 200 empresas que actualmente operan en el país deberán ajustarse al nuevo situación judicialincluyendo 33 plataformas de cuota y 176 proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV).
Estas entidades deberán presentar su solicitud de autorización formal antiguamente del 31 de diciembre de 2025, momento orilla para alinearse con las nuevas exigencias regulatorias.
La legislatura se fundamento en tres principios fundamentales: innovación responsable, que impulsa el avance tecnológico sin comprometer la estabilidad del sistema; interoperabilidad, que facilita la integración entre distintos servicios y plataformas financieras; y confidencialidad y reserva, destinada a defender la privacidad de los usuarios y la seguridad de las operaciones.
Por otra parte, la regulación incluye herramientas complementarias, como un registro franquista de activos virtualesestrictos protocolos de ciberseguridad y espacios controlados para pruebas, donde los nuevos modelos de negocio podrán ser evaluados antiguamente de su ingreso definitivo al mercado.
La legislatura señala que las plataformas extranjeras no están obligadas a constituirse legalmente en Bolivia, siempre que no mantengan alianzas con entidades financieras locales.
Este punto fue valorado por la diputada María Baldivieso, quien manifestó lo sucesivo: «Este es un punto muy importante para respaldar la operatividad y la licencia de los ciudadanos de usar plataformas extranjeras como Binance, participando en los mercados P2P y otros mecanismos de intercambio y cuota internacional sin ser sometidos al indagación regulatorio e intervencionista».
Sin secuestro, Fabián Espinoza, abogado especializado en Derecho Informático y delegado de la Cámara Blockchain Bolivia (Cablock), señaló que la legislatura presenta vacíos y desafíos legales. En particular, critica la yerro de una distinción clara entre el sector fintech y el ecosistema de activos virtuales.
«No distingue entre el ámbito Fintech y el ecosistema de activos virtuales, que debieran regularse por cuerda separada. Debe leerse el reglamento sin hacer interpretaciones precipitadas, porque para eso existen reglas jurídicas», dejó claro.
Por otra parte, cuestiona el carácter retroactivo de la norma, que obliga a las empresas ya operativas a someterse a un proceso de acomodo, mientras que las nuevas deben seguir un procedimiento dispar de constitución. Esto podría dar ocupación a interpretaciones contradictorias y a una sobrerregulación indirecta de empresas extranjeras.
La diputada Baldivieso señaló preocupaciones sobre el valor de discrecionalidad que tendría la ASFI para aplicar esta regulación. En palabras de la funcionaria, «la misma ASFI puede arriesgarse cuándo, cómo y para qué servicios inaugurar convocatorias». Según la entendido, esto no garantiza un tratamiento ecuánime ni incentivos claros para la innovación.
«La ASFI se encuentra otorgando a sí misma facultades regulatorias que incrementan su poder y que agrandan al Estado sin reportar beneficios para el ciudadano. Esto debe cambiar empezando por una reforma de la Ley 393 de Servicios Financieros», expresó.
Incluso cuestionó que se exijan requisitos similares a los de las entidades financieras tradicionales, como un caudal minúsculo, declaraciones de solvencia o planes de negocio detallados: «La mayoría de las plataformas fintech nacen como startups que, más acertadamente, buscan tantear en el mercado para demostrar en la ejercicio los beneficios para el afortunado».
Otra de las principales críticas se centra en el impacto que esta regulación podría tener sobre modelos de negocio emergentescomo las plataformas Buy Now Pay Later (BNPL), el crowdfunding y las pasarelas de cuota.
Según Baldivieso, el futuro de estos emprendimientos dependerá de dos factores: «(1) de la discrecionalidad interpretativa de la ASFI en cuanto a lo que significa ‘innovación tecnológica’, que sigue siendo un concepto muy ambiguo, y (2) de que ASFI no rechace el maniquí de innovación tecnológica en específico que le presente la startup».
Por su parte, Fabián Espinoza sostiene que el reglamento no establece un caudal minúsculo claro y que sus categorías son genéricas, lo que dificulta la planificación de nuevas inversiones.
(Tactotranslate) bitcoin (btc)



