La necesidad por cumplir con los estándares financieros globales ha pasado por encima del interés por la prohijamiento de bitcoin (BTC) y criptomonedas en Centroamérica y el Caribe.
Los gobiernos de Guatemala, Costa Rica y República Dominicana avanzan en la aprobación de marcos regulatorios para el ecosistema de los activos digitales. Sin incautación, el objetivo primordial de estas legislaciones, fuertemente alineadas con las directrices internacionales, es el control financiero y la prevención del lavado de capital, priorizando la vigilancia estatal por sobre el progreso de las fortalezas nativas que ofrece la tecnología de Bitcoin.
Esta carrera legislativa argumenta directamente a la presión y a las evaluaciones inminentes del Comunidad de Argumento Financiera Internacional (GAFI) y su remo regional, el Gafilat. Las autoridades de estos países buscan cerrar el infructifero normativo en torno a las empresas que operan con monedas digitales oportuno al temor a tomar calificaciones negativas por parte del organismo.
Y es que, en la ejercicio, una evaluación desfavorable por deficiencias regulatorias representa el peligro de caer en la temida «índice corriente» del GAFI, lo que podría traducirse en el encarecimiento de los créditos internacionales y la pérdida de confianza en los mercados globales.
En militar, las repercusiones de una mala calificación internacional conllevan una amenaza de asfixia económica para las naciones de la región. El endurecimiento de los controles externos suele provocar la caída de la inversión extranjera directa, trabas en el flujo de remesas familiares y la pérdida de relaciones con bancos corresponsales extranjeros.
Por esta razón, los legisladores de los tres países han priorizado los aspectos de supervisión y fiscalización para estabilizar la conexión de sus sistemas financieros tradicionales con las principales potencias económicas del mundo.
Las nuevas normativas aprobadas o en discusión catalogan formalmente a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), como plataformas de intercambio, firmas de custodia e intermediarios, como sujetos obligados. Esto los somete a la supervisión directa del Estado y los obliga a reportar todas sus operaciones en presencia de las unidades de inteligencia financiera de cada país.
Veamos cómo está la situación coetáneo:
El Decreto 15-2026 y la fiscalización en Guatemala
En Guatemala, el Congreso de la República aprobó esta semana, con 147 votos a crédito de un total de 160 diputados, el Decreto 15-2026, correspondiente a la Iniciativa 6593, tal como reportó CriptoNoticias.
Esta reglamento constituye una ley integral para la prevención y represión del lavado de capital u otros activos y del financiamiento del terrorismo. El nuevo texto reglamentario actualiza un entorno judicial que tenía 25 abriles de vigencia y, por primera vez en la historia del país centroamericano, incluye de forma explícita al sector de las monedas digitales bajo la supervisión directa de las instituciones del Estado.
La carta establece que las plataformas de intercambio, empresas de custodia y proveedores de servicios de activos virtuales pasarán a ser considerados sujetos obligados en presencia de la Intendencia de Comprobación Exclusivo (IVE), independientemente de si sus operaciones se gestionan de forma particular o internacional.
Las autoridades guatemaltecas justificaron la necesidad de esta medida señalando que las deficiencias normativas previas mantenían al país en una posición de vulnerabilidad en presencia de los estudio técnicos internacionales, afectando potencialmente las relaciones de corresponsalía bancaria y encareciendo el financiamiento forastero.
El sistema franquista guatemalteco se prepara ahora para una evaluación presencial que ejecutarán los especialistas del Gafilat en febrero de 2027, según informó el Congreso de ese país.
Para coordinar este proceso, se contempla la realización de entrevistas directas con instituciones públicas y privadascon el fin de evaluar la efectividad auténtico de todo el sistema de prevención.
En ese orden, el entorno judicial recién permitido introduce todavía capítulos estrictos sobre el cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, permitiendo la muro preventiva de fondos y expandiendo las capacidades de cooperación internacional de la IVE.
La reforma a la Ley 7786 en Costa Rica
Por su parte, la Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó por unanimidad, en segundo debate, una reforma sustancial a la Ley 7786. El tesina de ley, tramitado bajo el expediente 25.340, establece obligaciones concretas para los proveedores de servicios de activos virtuales en materia de prevención de legalización de capitales y financiamiento al terrorismo.
Esta iniciativa, como la guatemalteca, surge como respuesta directa a las observaciones formuladas por el GAFI en 2024, organismo que había señalado la condición de corregir el infructifero regulatorio existente en torno a las empresas dedicadas al intercambio de activos digitales.
Las autoridades costarricenses aceleraron el trámite constitucional en presencia de la advertencia de que la inacción podría derivar en la inclusión del país en la índice corriente del organismo internacional. No es pequeño, pues una calificación negativa de este tipo habría encarecido los préstamos internacionales y generado desconfianza generalizada adentro del sistema bancario costarricense.
Luego, la reforma indagación avalar que las firmas del sector operen bajo las mismas reglas de cumplimiento que las entidades bancarias tradicionales.
Para estabilizar la correcta implementación de las nuevas directrices, una delegación de stop nivel del Gafilat realizó visitas oficiales al país costarricense a inicios de marzo de 2026. Estos encuentros tuvieron como propósito formalizar el proceso de evaluación mutua y reanimar el compromiso de las máximas autoridades nacionales.
Adicionalmente, el organismo regional coordinó capacitaciones técnicas intensivas en conjunto con especialistas del Reino de España, orientadas a robustecer los conocimientos de las autoridades competentes respecto a la metodología de medición de efectividad del en serie internacional.
Propuesta de ley y proyección fiscal en República Dominicana
En la República Dominicana, el debate regulatorio se trasladó a la Cámara de Diputados tras el depósito formal del tesina denominado Ley para la Prevención, Control y Regulación de las Criptomonedas.
La propuesta legislativa fue presentada formalmente en marzo de este año en la Secretaría Caudillo Legislativa por iniciativa del diputado Carlos de Pérez, reportó CriptoNoticias.
El proponente de la ley argumenta que la medida se fundamenta en un crecimiento estimado del 52% en el uso de criptomonedas en el mercado interno durante el zaguero año, lo que exige una estructura de fiscalización clara.
A diferencia de los enfoques puramente preventivos, el tesina de ley dominicano define explícitamente a bitcoin y otros activos digitales como haberes sujetos a tributación comercial ordinaria. Esto implica que los beneficios económicos generados por su intercambio, intermediación o cesión deberán enriquecer impuestos de forma similar a los activos financieros del sistema tradicional.
El texto propuesto, sin incautación, observancia similitudes técnicas con los modelos de regulación implementados en otros países de la región latinoamericana, como México y Colombia. Este zaguero punto ha conllevado al cuestionamiento por parte de la comunidad Bitcoin Dominicana, la cual se ha integrado en las discusiones para la formulación final del texto regulatorio.
En cuanto a los plazos institucionales, la República Dominicana cuenta con una ventana temporal más amplia en comparación con Guatemala y Costa Rica. El calendario definitivo para su evaluación mutua se sitúa en una etapa posterior a 2027, estimándose de forma preliminar alrededor de el periodo 2028 o 2029.
Este desfase se debe a la transición del país desde el Comunidad de Argumento Financiera del Caribe alrededor de el bando de Gafilat como miembro pleno. Actualmente, la Pelotón de Examen Financiero y los gremios bancarios locales aprovechan este beneficio para ejecutar simulacros de supervisión y talleres de preparación interna bajo la nueva metodología universal de efectividad.
A pesar de que la evaluación mutua del GAFI no es tan inminente para el país quisqueyano, sí que ejerce presión y ha empujado, como en Guatemala y Costa Rica, a la ejecución de una regulación para el sector de las criptomonedastal como aseveró a CriptoNoticias el representante de Bitcoin Dominicana, Pedro Imprescindible.
El motivo no es la innovación, es el temor
Los escenarios descritos denotan que la prioridad regional no es el fomento a la innovación financiera basada en bitcoinsino el cumplimiento de una memorándum técnica de control para proteger la reputación bancaria. Efectivamente, esto no está naciendo del interés por actualizarse y sacar beneficio de los activos digitales, sino del miedo estatal a la excepción económica.
Por lo preliminar, los gobiernos se ven forzados a cercar la flexibilidad del entorno digital e imponer controles estrictos para preservar la reputación de sus sistemas bancarios tradicionales y avalar su conexión con las potencias financieras internacionales.
Ello, aun cuando el ecosistema de criptomonedas ha demostrado ser una vía clara —y a veces expedita— para optimizar los procesos financieros y mejorar la vida de usuarios y empresas en Latinoamérica y el mundo.



